El debate por posibles efectos de renegociación de extradición entre Colombia y Francia

Para este mes de febrero está prevista la última sesión de discusión de los cambios en el acuerdo de extradición entre Colombia y Francia, que establece, entre otras modificaciones, que esa figura “no se concederá si la persona reclamada tiene nacionalidad de la parte requerida. En otras palabras, Colombia no quedará obligada a entregar a sus nacionales”.

Según el acuerdo, como consecuencia de no acceder a la extradición de sus nacionales, los dos países se comprometen a “adelantar las investigaciones necesarias o a que las personas condenadas cumplan sentencia en el territorio del que son naturales”.

Aunque el tema aún no se ha firmado, el exfiscal general Néstor Humberto Martínez Neira advirtió que ese tipo de decisiones no solo irían en contra de la Constitución, sino que podrían tener efectos en los otros acuerdos de colaboración judicial con las demás naciones.

“No es una inocente propuesta. Cualquier estudiante de leyes sabe que la igualdad es un derecho fundamental. Igualdad en la formulación de las leyes e igualdad en la aplicación de las mismas. Para que los ciudadanos sean efectivamente iguales ante la Iey, la Corte Constitucional ha sostenido que, al aplicar las normas, las autoridades solo pueden dar trato diferencial, cuando medien circunstancias objetivas. Lo que significaría, frente a una petición de extradición, que si un colombiano puede alegar ante Francia su improcedencia, por razón de su nacionalidad, lo mismo podría alegar un nacional que esté siendo solicitado por Estados Unidos, al no existir una razón que justifique un tratamiento discriminatorio”, señaló Martínez Neira en una y si bien el efecto con Francia sería menor, al ser muy baja la petición de nacionales, otras podrían ser las consecuencias, de lo manifestado por Martínez Neira, frente a países como Estados Unidos, que es el que más hace solicitudes de extradición de colombianos.

Según cifras del Ministerio de justicia, en el primer año del gobierno del presidente Gustavo Petro fueron extraditadas 168 personas, de las cuales 136 eran de nacionalidad colombiana.

Del listado total, los países a los que fueron enviados son Estados Unidos (109), España (24), Argentina (9) y Brasil y Perú con 4. A Francia no se envió a ninguna persona.

El exfiscal general Guillermo Mendoza Diago consideró que “con cada país se tiene un tratado de extradición distinto, se siguen reglas de la Constitución del 91 y ante el caso de que se firme un nuevo acuerdo con Francia para nada afecta a los demás tratados”.

En la otra orilla, el exministro de justicia Wilson Ruiz Orejuela advirtió que el cambio sí podría tener efectos y que el Gobierno está dando pasos que afectan la política criminal del país, “que, con errores y aciertos, ha logrado combatir realmente la criminalidad”.

Ruiz Orejuela dijo que la extradición, como se ha venido aplicando, es una herramienta de cooperación internacional que busca combatir el crimen y evitar la impunidad, y afectarla terminaría jugando a favor de los grupos delincuenciales.

“Definitivamente, es inaceptable que de un plumazo se eliminen políticas públicas que protegían los derechos e intereses de los colombianos, para ser cambiadas a las prerrogativas que este gobierno le da a los delincuentes”, dijo el exfuncionario.

Para Hernando Herrera Mercado, director de la Corporación Excelencia en la justicia, ese eventual cambio en el acuerdo no afecta ni tiene alcances sobre los demás tratados.

Sin embargo, calificó de “estrambótico y por demás ridículo hacer cambios en épocas en las que se necesita la cooperación internacional. No se puede abandonar ni disuadir de utilizar una de las herramientas más valiosas en contra del crimen trasnacional”.

Enfatizó que cualquier modificación “es inane frente a cualquier otro acuerdo que haya celebrado el estado colombiano. No tiene la magnitud, ni el impacto, ni la consecuencia de afectar, luego el tratado con Estados Unidos seguirá vigente, y no puede pretenderse que el hecho de que Colombia abandone frente a otro estado el escenario y la herramienta de la extradición, ello suponga que lo hace de manera global”.

El exmagistrado de la Corte Suprema de justicia javier Zapata afirmó que cuando los tratados son bilaterales como es el caso,”se aprueban mediante una Iey que rige estrictamente entre ambas partes. Luego, los extraditables desde y hacia otros países no podrían alegar ningún principio de favorabilidad (…) consecuentemente los colombianos pedidos en extradición por EE.UU. no pueden alegar favorabilidad alguna a este respecto porque entre otras cosas los diferentes países son soberanos en negociar sobre materia de extradición”.

A su turno, Wilfredo Robayo Galvis, abogado de la Universidad Externado de Colombia y magister en Derecho Internacional de la Université Catholique de Louvain en Bélgica, sostuvo que si bien en principio lo pactado con Francia no afectaría los acuerdos con otras naciones esto sí “podría abrir la discusión de modificación o renegociación de todos los demás tratados de extradición que tengamos con otros países”.

El exmagistrado Álvaro Orlando Pérez Pinzón, dijo que la modificación tiene algo positivo frente a la ampliación y modernización de los delitos, pues por la antigüedad del tratado hace que no incluya “la alta criminalidad contemporánea, como por ejemplo, la trata de personas, el tráfico de armas y de estupefacientes, los delitos de “odio”, los crímenes internacionales”.

Añadió que actualizar los tratados no va en contra de la cooperación internacional judicial “todo lo contrario, es casi un objetivo universal, particularmente si, además, se tienen en cuenta recomendaciones internacionales como las que se leen, entre otros instrumentos, en las Convenciones de Mérida, Viena, y Palermo”.

Además, manifestó que lo relacionado con la prohibición de extradición de nacionales, para el caso, colombianos y franceses, no tiene nada de particular, primero porque es “la tendencia ecuménica” desde hace muchísimo tiempo; y, segundo, porque el mismo tratado del 9 de abril de 1850 ya lo prevé”.

Mientras que Cesar Niño, internacionalista y profesor de \a Universidad de La Salle, consideró que un cambio en la posición de Colombia sobre la extradición tendría que implicar en todo caso que el sistema judicial del país realmente sea efectivo, por lo que requeriría un fortalecimiento para evitar la impunidad, el penalista y docente juan David Bazzani Montoya, se preguntó sobre las razones de ese cambio: “¿en este momento se está tramitando esa prohibición de no extraditar a colombianos desde Francia como política de país o porque Bazzani Montoya añadió que cualquier cambio tendría que apuntar a garantizar que los países “tengan mejores herramientas de cooperación judicial internacional, para poder ser más eficaces en la lucha contra el delito transnacional”.

EL TIEMPO consultó al Ministerio de justicia, pero no se pronunciaron sobre el tema al considerar que aún está en examen.

https://www.eltiempo.com/justicia/delitos/extradicion-entre-colombia-y-francia-cambiaria-desde-febrero-849113
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