Por primera vez en la historia, un presidente colombiano figura en la temida Lista Clinton, el instrumento creado hace más de tres décadas por Estados Unidos para asfixiar las finanzas del narcotráfico y de cualquier organización que considere ligada al terrorismo internacional. Gustavo Petro, su esposa, Verónica Alcocer, su hijo, Nicolás Petro, y el ministro del Interior, Armando Benedetti, ingresaron a esta ‘lista negra’, que ya incluye desde hace años a Nicolás Maduro y Daniel Ortega.
El abogado y exdelegado para las Finanzas Criminales de la Fiscalía, Andrés Jiménez, habló con EL TIEMPO sobre las implicaciones para el país, más allá de las consecuencias para el jefe de Estado y su círculo cercano.
¿Qué significa en términos jurídicos y financieros esta decisión de EE. UU.?
El Departamento del Tesoro, que es el equivalente al Ministerio de Hacienda en Colombia, administra el programa de sanciones económicas y financieras de EE. UU., y la oficina que hace eso es Ofac, que por sus siglas en español traduce Oficina de Control de Activos Extranjeros.
Actualmente, Ofac tiene 37 programas de sanciones, dentro de los cuales se encuentran las sanciones a Rusia por la guerra en Ucrania, Nicaragua, Venezuela, compañías militares chinas, Corea del Norte por armas de destrucción masiva y el programa de sanciones contra el narcotráfico que nació en 1995 con una Orden Ejecutiva (el equivalente a un decreto en Colombia) del expresidente Bill Clinton. De ahí que esa lista se haya conocido tradicionalmente en Colombia como Lista Clinton.
Este programa es uno de los 37, con sanciones contra el narcotráfico, y ha tenido dos actualizaciones posteriores. En 2021, el expresidente Joe Biden expidió la Orden Ejecutiva 14.059 para incluir dentro de esa amenaza del narcotráfico a las organizaciones criminales transnacionales y a los facilitadores del narcotráfico. En marzo de este año, el presidente Trump expidió la orden ejecutiva a través de la cual designó a los carteles internacionales del narcotráfico como organizaciones terroristas, así como para señalar que la política de los Estados Unidos es la total eliminación de estos carteles.
Según la información que publicó el Departamento del Tesoro de EE. UU., al presidente Petro lo incluyeron en Ofac con fundamento en la Orden Ejecutiva 14.059 que publicó el expresidente Biden. El fundamento, según el comunicado, es por haber participado o intentando participar en actividades o transacciones que han contribuido de manera material, o que representan un riesgo de contribuir a la proliferación internacional de drogas.
¿Cuáles son las consecuencias inmediatas para ellos cuatro?
Son el bloqueo de activos y en bancos de los Estados Unidos, inclusive en las filiales fuera de ese país, así como la prohibición de transacciones financieras sujetos a dicha jurisdicción.
Esta decisión, ¿podría afectar operaciones financieras del Estado?
En principio, dichas sanciones parecieran estar dirigidas únicamente a las personas incluidas el viernes en la lista. Sin embargo, la inclusión del presidente de la República en una lista que sanciona personas vinculadas por narcotráfico incrementa los riesgos reputacionales de todo el Estado colombiano y cómo somos vistos por las contrapartes internacionales.
En cuanto a la cooperación, ya vimos cómo se redujo casi a cero por parte del Gobierno de EE. UU. a pesar del programa de exención de visa que habían dado en septiembre con la descertificación. Ahora bien, si en la lista empiezan a incluirse empresas estatales o inclusive a otros funcionarios que tengan a su cargo negociaciones y financiamiento, los problemas podrían agravarse, pero habrá que analizar cada caso en concreto.
Entonces, ¿cuáles son las obligaciones de los bancos colombianos y las filiales de entidades estadounidenses frente a estas sanciones?
Deben aplicar de manera inmediata las sanciones de Ofac. En concreto, bloquear los activos de personas incluidas en la lista y abstenerse de procesar pagos, transacciones, etc.
Por su parte, el sector financiero colombiano siempre se ha caracterizado por acatar las reglamentaciones en materia de lavado de activos a nivel internacional. Adicionalmente, debido a su vinculación con el sector financiero de los EE. UU. al procesar pagos internacionales, las instituciones financieras colombianas se comprometen a operar bajo las normas de ese país. En consecuencia, deben aplicar las reglas de esa jurisdicción; en otras palabras, deben cumplirlas.
¿Qué caso similar existe?
El caso más emblemático de un banco por fuera de los Estados Unidos fue el del Commerzbank de Alemania, que en 2015 fue sancionado por Ofac por US$ 1.4 billones por tener montado un esquema para violar varios programas de sanciones de Ofac, entre ellos el de Irán.
¿Podrían las empresas privadas colombianas que realicen transacciones en dólares o con bancos norteamericanos verse afectadas por estas medidas?
El tener al presidente de la República incluido en la lista Ofac es un mensaje muy negativo para el país e incrementa el nivel de riesgo de hacer negocios con contrapartes colombianas. Eso quiere decir que a las empresas colombianas que hacen negocios en el exterior les empezarán a hacer controles más estrictos. Con todo, si las transacciones en dólares o con bancos norteamericanos no tienen nada que ver con las personas sancionadas, no deberían verse afectadas.
¿Existe el riesgo de que Estados Unidos amplíe las sanciones a funcionarios o instituciones del Estado colombiano, como ocurrió con Nicaragua en 2018?
El programa de sanciones a Nicaragua de EE. UU. tuvo como origen las represiones en contra de la población que protestaba en contra del gobierno de Ortega en 2018, la violación de derechos humanos, las acciones para eliminar la separación de poderes y la afectación del proceso democrático en Nicaragua. De ahí que se sancionara a todo el Gobierno y también a la Policía.
No creo que estemos en ese escenario, pero es una muestra que el ingreso a Ofac no es solo por temas vinculados al narcotráfico. EE. UU. le presta mucha atención al tema de elecciones y democracia como fundamento para aplicar sanciones Ofac, el otro ejemplo es Venezuela.
¿Qué mecanismos legales o diplomáticos tiene Colombia para responder?
Ambos caminos son posibles. El caso reciente más emblemático es el de Siria. En junio, Trump terminó el programa de sanciones a Siria y fueron removidos 518 nombres, entre personas naturales y empresas. La vía legal también es posible directamente ante Ofac, pero puede durar años.
¿Qué medidas deberían adoptar las empresas colombianas para protegerse ante una posible ampliación de las sanciones?
Primero, hay que entender cómo funciona el régimen de sanciones y cómo, inclusive estando en Colombia, pueden ser objeto de sanciones penales o civiles en EE. UU. Lo segundo es incluir estas verificaciones dentro de sus procedimientos para evitar el riesgo o, en caso de que se materialice, tengan cómo demostrar ante autoridades norteamericanas que cumplieron la debida diligencia, que no se limita a la verificación de una lista. Por ejemplo, este año una compañía americana con filial en Colombia llegó a un acuerdo con Ofac y fue multada en más de US$ 600.000 por violación del régimen de sanciones.
¿Qué precedentes internacionales existen sobre mandatarios en ejercicio incluidos en la Lista Clinton y cómo se resolvieron esos casos?
Hay varios presidentes incluidos en los programas de sanciones de Ofac. Entrar en ese grupo no es positivo. En el vecindario está Nicolás Maduro, Daniel Ortega. También están Vladimir Putin, Kim Jong Un. ¿Cómo se resolvieron? Ahí siguen, pero vuelvo al ejemplo de Siria, que muestra que por vía diplomática se puede terminar de un día para otro el asunto.
Juan Diego Torres
Dielas@eltiempo.com